www.paraprofesionales.com

[ACTUALIDAD DIARIA]

Revista electrónica para profesionales del Derecho

ACTUALIDAD DIARIA paraprofesionales.com Revista de Derecho, Jurisprudencia y Legislacion
Resumen

[J]

Acceso a la justicia. Condicionamiento de la indemnización recibida del TEDH para satisfacer ayudas concedidas por la justicia nacional.

(publicado en Actualidad Diaria 1177 el 6 de marzo de 2008)

texto publicado volver

El siguiente recurso tiene lugar entre un ciudadano de los Países Bajos llamado Gerardus Antonius Marinus Geerings contra los Países Bajos. En una resolución emitida por el TEDH el 1 de marzo de 2007 sostenía que se había producido una violación del art. 6.2 de la Convención Europea para la Protección de los Derechos humanos y Libertades Fundamentales en la orden de confiscación dada el 30 de marzo de 2001 que se fundamentaba en la determinación de la culpabilidad del demandante, cuando el demandante no había sido hallado culpable conforme con la ley en la medida que comprendía bienes que se desconocía habían estado en poder del demandante y cargos de los que había sido absuelto.
En virtud del art. 41 (“En caso de que se reconozca una vulneración del CE y la legislación interna sólo conceda una reparación parcial del daño, el TEDH, si es necesario, proporcionará la satisfacción correspondiente a la parte perjudicada”) el demandante trató de conseguir la indemnización por los daños pecuniarios, reclamando una cuantía de dinero correspondiente a las cantidades satisfechas y retribuibles bajo la orden de confiscación, la cual el TEDH aprecia que viola sus derechos contenidos en la CE; más daños no pecuniarios y el reembolso de las costas y expensas.
El TEDH les concedió un plazo para remitirle las observaciones que tuviesen al respecto. El sr. Geerings adjuntó una copia de la decisión judicial del 27 de septiembre de 2007 emitida por el Tribunal de Apelación donde se reducía la cuantía de la orden de confiscación a 6,257.18 EUR. En vista a esto el demandante retiró la reclamación por daños pecuniarios. El Gobierno se negó a pagar cualquier cuantía que excediese la prescrita por esa resolución judicial, conforme con la decisión del Tribunal de Apelación.
Los hechos se remontan al 23 de octubre de 2003, cuando el Consejo municipal de Ayuda Legal concedió una subvención “condicional” (no se concederá si al final del proceso los medios económicos del demandante exceden los acordados legalmente para que proceda la ayuda legal como tampoco si el coste de la asistencia legal es reembolsado por un tercero) para el procedimiento que se estaba desarrollando ante el Tribunal. Tampoco procederá esta ayuda legal si el litigio tiene lugar ante una corte internacional con competencias jurisdiccionales conforme a un Tratado internacional o ante un organismo internacional equivalente si ese organismo se pronuncia sobre la asistencia legal.
El hecho de tener que pagar los plazos establecidos por la orden de confiscación, ha originado un daño no pecuniario al demandante, debido a que le ha resultado muy difícil iniciar una nueva vida y él y su familia han sufrido como consecuencia de ello. El TEDH estima el simple reconocimiento de la vulneración de sus derechos no basta para reparar el daño no pecuniario sufrido, por lo que procede una indemnización en este concepto.
Respecto a las costas y expensas, el demandante aportó una factura indeterminada de una cuantía de 3,675 EUR por la asistencia legal y las costas producidas durante el proceso desarrollado ante el Tribunal Supremo. El TEDH constata que el demandante no ha realizado una reclamación específica como procedía si lo que demandaba era una reclamación en virtud el art. 41, como no ha remitido al tribunal detalles al respecto, se desestima su reclamación respecto a las costas y expensas en las que incurrió en los procedimientos domésticos.
En relación con las costas incurridas ante el TEDH, consta que la ayuda legal que recibió el demandante para el proceso desarrollado ante este tribunal se hizo depender del estado de los medios financieros del demandante al final de este proceso y en el caso de que un tercero no la reembolsase. También consta que, de acuerdo con la regulación de la Ayuda Legal, se dispensa a las autoridades nacionales de proveer esta ayuda legal si este tribunal concede una indemnización por estas costas y expensas. Nada impide al Tribunal pronunciarse sobre el reconocimiento o no de una indemnización sobre este concepto. Como el demandante no ha detallado su reclamación por este concepto, conforme al art. 60.3 no corresponde reparación; no obstante, se reconoce que las costas reclamadas tuvieren que ser necesariamente incurridas, por lo que procede su reembolso sólo que conforme con los cálculos elaborados por el Tribunal ya que la cuantía reclamada excede lo que se podría considerar como razonable.
Después de la resolución emitida por el TEDH sobre esta cuestión, el demandante solicitó permiso para que se suspendiesen los pagos a los que estaba sometido de acuerdo con la orden de confiscación. Más tarde, el Ministerio Fiscal inició un procedimiento ante el Tribunal de Apelación de Hertogenbosch para mitigar la orden de confiscación. Por este respecto, el demandante reclama el reembolso de las costas en que incurrió. El Tribunal duda si los intentos por obtener la suspensión de los pagos exigidos al demandante antes de que la resolución fuese definitiva (el 1 de junio de 2007) pueden ser calificados como de “necesarios”, puesto que estas cantidades fueron en última instancia reembolsables. Se considera que las cartas aportadas por el demandante no son suficientes para justificar la cuantía reclamada, por lo que procede desestimar las pretensiones del demandante bajo este concepto.
En conclusión, procede rembolsar en concepto de costas y expensas la cuantía de 5,250 EUR.

Texto integro de la resolución en inglés

texto publicado volver


Las e-fuentes consultadas:

Legislaci�n: DOCE, BOE, Boletín Oficial de las Cortes Generales (BOCG).
Jurisprudencia: TC, TS, TJUE y TEDH.
Noticias: europa press, EFE, EL PA�S, EL MUNDO, ABC, LA RAZ�N, LA VANGUARDIA, EXPANSI�N, a3n.tv, libertaddigital.com, 20minutos.es, 5dias.com, cope.es, vnet.es, diariodirecto.com
Documentaci�n oficial: Presidencia del Gobierno, Ministerio de Hacienda-Agencia Tributaria, Ministerio de Trabajo-Seguridad Social, Ministerio de Justicia y CGPJ.
Documentaci�n corporativa: Consejo General de la Abogac�a-Colegio de Abogados de Madrid, Consejo General del Notariado, Colegio de Registradores, Consejo General de Procuradores-Colegio de Madrid, Asociaciones judiciales (APM, JpD, Fco. Vitoria), Confederación Española de Organizaciones Empresariales CEOE, Instituto de la Empresa Familiar, Unión General de los Trabajadores UGT, Comisiones Obreras CCOO, Asociación Española de Usuarios de Internet (AUI), Asociación de Internautas, Sociedad General de Autores y Editores (SGAE).

© 2002-2015 PYB ENTERPRISES S.L. Este diario es una publicación distribuida por paraprofesionales.com y se dirige exclusivamente a sus suscriptores. Su reenvío a terceras personas distintas del destinatario requiere autorización expresa de PYB ENTERPRISES, SL S.L. PYB ENTERPRISES S.L. no se hace responsable de las decisiones tomadas con base en el contenido del presente diario. Las colaboraciones firmadas recogen la opiniones de sus autores.

paraprofesionales.com es una web de PYB Enterprises, SL.
actualidaddiaria.com es una web de PYB Enterprises, SL.

PYB Enterprises, SL. Centro de trabajo: Fuentesauco,9 local. 282024 Pozuelo de Alarc�n (MADRID). TELEFONO 902 198 832 – Fax 901 02 03 62. email de contacto.

PYB Enterprises, SL. Inscrita en el RM de Madrid Tomo 18.102, Libro 0, Folio 116, Sección 8, Hoja M-313075, Inscripción 1ª.- CIF: B-83383620. Las bases de datos de clientes están registradas en la Agencia Estatal de Protección de Datos.
Empresa autorizada e inscrita en el Registro General de Empresas de Venta a distancia de la Comunidad de Madrid. REVA209/03.

ACTUALIDAD DIARIA

ACTUALIDAD DIARIA

Incluye suscripción, Revista electrónica para profesionales del Derecho (Diario)

Y, además, disfrutará de nuestras siete ventajas como suscriptor

Precio: 157,79€ Oferta: 142,01€ (iva incl.)

Pedir   Más info
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento IRPF 2024

Memento IRPF 2024

1400 páginas, edición anual, abril 2024, Incluye suscripción, La tranquilidad de tener las claves para no pagar de más.

Precio: 164,32€ Oferta: 156,10€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Todo Renta  2024 - Guia declaración 2023

Todo Renta 2024 - Guia declaración 2023

1800 páginas, edición anual, marzo 2024, Guía de la declaración 2023

Precio: 242,32€ Oferta: 230,20€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento Fiscal 2024 (s)

Memento Fiscal 2024 (s)

2300 páginas, edición anual, marzo 2024, Incluye suscripción, Edición especial para colectivos. ¡El libro que todos los asesores y juristas tienen cerca de su mesa.

Precio: 203,84€ Oferta: 193,65€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento Social 2024 (s)

Memento Social 2024 (s)

2200 páginas, edición anual, marzo 2024, Incluye suscripción, Edición especial para colectivos

Precio: 193,44€ Oferta: 183,77€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento Procedimientos Tributarios 2024-2025

Memento Procedimientos Tributarios 2024-2025

1400 páginas, edición bienal, enero 2024, Asegure el éxito de sus procedimientos Tributarios con la última información

Precio: 156,00€ Oferta: 148,20€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento Empleado Público 2024-2025

Memento Empleado Público 2024-2025

1000 páginas, edición anual, diciembre 2023,

Precio: 101,92€ Oferta: 96,82€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento Grupos Consolidados 2024-2025

Memento Grupos Consolidados 2024-2025

1100 páginas, edición bienal, diciembre 2023,

Precio: 145,60€ Oferta: 138,32€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento prevención de Riesgos Laborales 2024-2025

Memento prevención de Riesgos Laborales 2024-2025

1750 páginas, edición bienal, diciembre 2023, La información que necesita para evitar sanciones , sin rodeos. Referencias a la normativa, jurisprudencia y doctrina de aplicación en cada caso.

Precio: 116,48€ Oferta: 110,66€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Pack Memento Procesal Civil 2024 + Memento Procesal Penal 2024 + Memento Procesal Contencioso-Administrativo 2024

Pack Memento Procesal Civil 2024 + Memento Procesal Penal 2024 + Memento Procesal Contencioso-Administrativo 2024

edición anual, diciembre 2023,

Precio: 239,20€ Oferta: 227,24€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Arrendamientos Urbanos. Comentarios, legislación y Jurisprudencia

Arrendamientos Urbanos. Comentarios, legislación y Jurisprudencia

824 páginas, 2ª edición, noviembre 2023,

Precio: 83,10€ Oferta: 78,95€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info
913517750 Pedidos 913 517 750